Institucional

Conocé cómo funciona el Concejo Deliberante de Palpalá

¿Qué es el Concejo Deliberante?

El Concejo Deliberante de Palpalá es el Poder Legislativo del Municipio. Está integrado por 8 concejales elegidos por el voto de los vecinos mediante un sistema de representación proporcional.

Su trabajo consiste en debatir y sancionar normas que regulan distintos aspectos de la vida de la ciudad, además de intervenir en temas vinculados con el presupuesto, los tributos municipales, las obras y servicios públicos y otras cuestiones de interés para la comunidad.

¿Qué hace el Concejo?

Crear Normas

Elabora, debate y sanciona ordenanzas y otros instrumentos legislativos.

Evaluar Proyectos

Estudia iniciativas vinculadas al desarrollo de la ciudad y al interés de la comunidad.

Representar

Canaliza necesidades e inquietudes de distintos sectores de Palpalá.

Fomentar Debate

Participa en el tratamiento de temas de interés para la comunidad.

Control Institucional

Participa en las funciones de control previstas por la normativa municipal.

¿Qué hace un concejal?

Los concejales participan en las comisiones y sesiones, analizan proyectos, presentan iniciativas y votan los asuntos que llegan al tratamiento del Concejo.
Sus funciones se desarrollan dentro del marco establecido por la Carta Orgánica Municipal y las demás normas que regulan la actividad del Concejo.
Duración del mandato: 4 años.

Renovación: por mitad cada 2 años.

¿Quiénes integran el Concejo?

El Concejo Deliberante está integrado por concejales elegidos por el voto de los vecinos. Entre ellos se eligen las autoridades del cuerpo y se conforman comisiones de trabajo para analizar los proyectos antes de su tratamiento en sesión.

Autoridades

Conducen y organizan el funcionamiento institucional del Concejo.

Concejales

Representan a los vecinos y participan en la presentación, debate y votación de proyectos.

Comisiones

Espacios donde los concejales estudian y analizan los proyectos antes de su tratamiento en sesión.

¿Qué pasa durante una sesión?

Las sesiones son el momento en que los concejales se reúnen en el recinto para tratar los asuntos que corresponden al Concejo Deliberante.
Durante una sesión pueden tratarse proyectos, asuntos provenientes de las comisiones, peticiones y otros temas incluidos en el Orden del Día.
El período ordinario se extiende del 1 de abril al 30 de noviembre, con posibilidad de prórroga hasta el 31 de diciembre.

Cronograma semanal

Crear Normas

Lunes

Sesiones

Martes 9:00 hs.

Reunión de Comisiones

Miércoles

Tipos de sesiones

ORDINARIAS

Son las reuniones habituales que se realizan durante el período legislativo ordinario.

EXTRAORDINARIAS

Se convocan fuera del período
normal de trabajo por algún tema
urgente e importante.

ESPECIALES

Se realizan para tratar temas
específicos o recibir visitas
importantes.

¿Cómo se transforma una idea en una ordenanza?

Los proyectos siguen un proceso de análisis, tratamiento y decisión. La Carta Orgánica establece que las ordenanzas pueden originarse en proyectos presentados por concejales, por las comisiones, por el Departamento Ejecutivo, por sociedades intermedias o mediante iniciativa popular.

01
INICIATIVA

Elabora, debate y sanciona ordenanzas y otros instrumentos legislativos.

02
Estado Parlamentario y pase a Comisión

Se analiza el
proyecto. La
comisión
correspondiente
estudia su contenido
y puede realizar
observaciones.

03
Debate

Se trata en sesión. El
proyecto llega al
recinto para que los
concejales debatan
su contenido.

04
Votación

El Concejo toma una
decisión. Si obtiene
la mayoría
requerida, queda
sancionado.

05

Crear Normas

Elabora, debate y sanciona ordenanzas y otros instrumentos legislativos.

¿Cómo se transforma una idea en una ordenanza?

1986
Un nuevo camino para Palpalá

El 21 de octubre de 1986, mediante la Ley Provincial N.º 4252, Palpalá obtuvo su autonomía departamental, dando paso a una nueva etapa institucional para la ciudad.

1988
La Carta Orgánica Municipal

El 7 de julio de 1988, la Convención Constituyente Municipal de la Ciudad de Palpalá sancionó la Carta Orgánica Municipal.
La Carta Orgánica establece la organización institucional del Municipio y reconoce, entre otros aspectos, su autonomía y la participación vecinal en el gobierno comunal.

Actualidad
Desde entonces

La Carta Orgánica constituye el marco institucional dentro del cual funciona el Concejo Deliberante como Poder Legislativo municipal.

Autoridades y Estructura Organizativa

Documentos Importantes

Constitución de la Provincia de Jujuy

El marco normativo fundamental de
nuestra provincia.
Establece los derechos, deberes y garantías de sus habitantes, define la organización y funcionamiento de los poderes públicos y regula aspectos esenciales del régimen municipal. También reconoce la autonomía de los municipios y promueve la participación de los vecinos en la gestión de los asuntos públicos.

Carta Orgánica Municipal

El marco que organiza nuestra ciudad .
La Carta Orgánica Municipal es la norma fundamental que establece la organización institucional del Municipio de Palpalá y define, entre otros aspectos, su autonomía y la participación de los vecinos en el gobierno municipal.

Reglamento Interno

Las reglas que organizan nuestro trabajo.
El Reglamento Interno establece las reglas que ordenan el funcionamiento del Concejo Deliberante, sus sesiones, comisiones, proyectos y procedimientos de trabajo.
También determina las distintas formas en que pueden presentarse los asuntos ante el cuerpo: ordenanzas, resoluciones, declaraciones, minutas de comunicación, solicitudes de informes y acuerdos.